¿Puede una empresa pedir el número de teléfono personal
Publicado el martes, 24 de febrero de 2026
En España, el número de teléfono móvil personal se considera dato personal protegido por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD). Debido a esto, cualquier tratamiento de este dato, incluida su recogida por parte de una empresa, requiere una base jurídica válida, como el consentimiento explícito del trabajador o una causa legítima prevista por la normativa. Además, el Estatuto de los Trabajadores no obliga al empleado a aportar medios propios para realizar su trabajo, por lo que la empresa debería facilitar herramientas corporativas si fuese necesario.
La empresa no puede obligar a un trabajador a facilitar su número personal ni a usarlo como herramienta habitual de trabajo. El consentimiento para recabar este dato debe ser voluntario, informado y específico, y en un contexto laboral su validez puede cuestionarse debido a la relación de subordinación entre empresa y empleado. Por ello, es recomendable evitar basar el tratamiento de estos datos únicamente en el consentimiento si no existe una causa legítima clara.
Existen situaciones específicas en las que sí puede justificarse la petición del número personal, como cuando su uso se limita a una finalidad concreta y proporcional —por ejemplo, comunicaciones urgentes que no puedan gestionarse por otros medios— o cuando el trabajador ha otorgado un consentimiento informado. También es importante que la empresa cuente con políticas internas claras que expliquen cómo se usarán y protegerán estos datos, y cómo se respeta el derecho a la desconexión digital fuera del horario laboral.
Si una empresa utiliza el número de teléfono personal sin una base legal adecuada, puede estar infringiendo la normativa de protección de datos y vulnerando derechos laborales, con el riesgo de sanciones por parte de autoridades como la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Para evitar estos problemas, se recomiendan mejores prácticas como priorizar dispositivos corporativos, establecer políticas internas de protección de datos claras, solicitar consentimiento expreso y documentado cuando sea necesario, e informar adecuadamente a los trabajadores sobre el tratamiento de sus datos.
24/02/2026 14:41 | Forlopd_Privacidad
SEGURIDAD Y PRIVACIDAD DE DATOS, S.L. (FORLOPD)
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