La AEPD sanciona a autónomos y pymes que realizan llamadas comerciales
Publicado el miércoles, 23 de julio de 2025
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha comenzado a imponer sanciones a autónomos y pequeñas empresas que realizan llamadas comerciales sin consentimiento, especialmente si los números contactados están inscritos en la Lista Robinson. Esto ocurre en el contexto de una nueva normativa antispam que refuerza el control sobre las comunicaciones no deseadas. Un ejemplo reciente es la multa de 5.000 euros a la agencia Adverbis Spain, que contactó a un número protegido pese a estar publicado en directorios online, lo cual no justifica el incumplimiento.
La resolución de la AEPD deja claro que estar en la Lista Robinson implica una negativa expresa a recibir publicidad, y ninguna publicación en internet invalida ese derecho. Esta lista funciona como una herramienta de protección para los consumidores, y su uso es obligatorio para las empresas antes de lanzar campañas telefónicas. Las pequeñas empresas y autónomos no están exentos de estas obligaciones, y su desconocimiento no evita posibles sanciones.
La normativa exige el consentimiento explícito del usuario para recibir llamadas comerciales, salvo en casos con relación contractual previa o en situaciones profesionales muy específicas, según el artículo 19 del RGPD. Sin embargo, estas excepciones no aplican si el número está en la Lista Robinson. La responsabilidad de verificar esta inscripción recae exclusivamente en quien realiza la llamada.
Dado que basta una única llamada fuera de la normativa para ser sancionado, la AEPD aplica medidas correctivas basadas en la intención, reincidencia o alcance del daño. Por eso, es fundamental que profesionales y empresas verifiquen el consentimiento antes de contactar a posibles clientes.
La AEPD sanciona a autónomos y pymes
23/07/2025 08:26 | Forlopd_Privacidad
SEGURIDAD Y PRIVACIDAD DE DATOS, S.L. (FORLOPD)
URL oficial/canónica: https://ceeivalencia.emprenemjunts.es/?op=113&n=18386
