La AEPD sanciona el tratamiento de datos biométricos con IA en la VIU
Publicado el jueves, 05 de junio de 2025
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a la Universidad Internacional Valenciana (VIU) por implantar tecnologías de reconocimiento facial en exámenes online sin ofrecer alternativas reales a los estudiantes. Aunque la universidad aseguraba contar con su consentimiento, la AEPD determinó que este no era válido al no haber otra opción para realizar el examen. Esta situación fue denunciada por imponer el uso obligatorio de un software que combinaba inteligencia artificial, cámaras de vigilancia y control del escritorio, lo que planteaba serias dudas sobre las garantías ofrecidas al alumnado.
La VIU defendía que los datos eran seudonimizados y se eliminaban pronto, pero incluso admitía un riesgo “muy alto” para los derechos de los estudiantes, ya que se trataba de datos biométricos, especialmente protegidos por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Además, la AEPD rechazó que el consentimiento otorgado al matricularse o instalar el software pudiera considerarse libre, dado que negarse al uso del sistema equivalía a no poder presentarse al examen, lo cual contradice la idea de un consentimiento voluntario.
La universidad también invocó el interés público como justificación, aludiendo a la necesidad de garantizar la integridad académica, pero la AEPD señaló que no existe una ley que autorice expresamente el tratamiento de datos biométricos en universidades. Por ello, la agencia exige una base legal clara y específica que regule el uso de estas tecnologías. Aunque no descarta su uso futuro en educación, insiste en que antes deben establecerse normas precisas que salvaguarden los derechos fundamentales de los ciudadanos.
05/06/2025 08:07 | Forlopd_Privacidad
SEGURIDAD Y PRIVACIDAD DE DATOS, S.L. (FORLOPD)
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