Multan a una comunidad de propietarios al exponer el nombre de un deudor en el portal
Publicado el viernes, 30 de mayo de 2025
Una comunidad de propietarios fue sancionada con mil euros por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) tras exponer durante ocho meses en el portal del edificio, a la vista de todos, el acta de una junta en la que se identificaba a un vecino moroso mediante su apellido y la inicial de su nombre. El afectado presentó una reclamación, argumentando que se vulneró su privacidad al hacerse públicos sus datos personales sin justificación.
La AEPD resolvió que la comunidad incumplió tanto la normativa sobre protección de datos como la Ley de Propiedad Horizontal, que establece que las actas deben remitirse directamente a los propietarios y no exhibirse públicamente. La comunidad tampoco respondió a los requerimientos de la Agencia para corregir la situación, por lo que se procedió a notificar la sanción mediante su publicación en el BOE.
Este caso pone de relieve la importancia de respetar la confidencialidad de los datos personales y actuar conforme a la legislación vigente. Desde Forlopd se recuerda la necesidad de que comunidades, empresas y organizaciones sean conscientes de sus obligaciones legales para evitar sanciones y proteger los derechos de los ciudadanos.
30/05/2025 08:07 | Forlopd_Privacidad
SEGURIDAD Y PRIVACIDAD DE DATOS, S.L. (FORLOPD)
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