Premios al emprendimiento social de Valencia 2026
martes, 10 de febrero de 2026
Requisitos básicos que han de cumplir los solicitantes
- Que su domicilio fiscal, se encuentre en el término municipal de València.
- Que la titularidad de la actividad debe corresponder a personas autónomas o empresas cuya plantilla media de trabajadores en situación de alta en los 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud sea inferior a 250 trabajadores o en su caso, en el período en que se esté de alta en la actividad.
- Que las personas participantes hayan presentado un mínimo de 2 y un máximo de 5 avales de empresas proveedoras o clientes de la misma que certifiquen el buen hacer de la candidatura presentada a través del Anexo “Aval” oficial (ver apartado 8)
- En caso de comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica debe nombrarse una representante apoderado, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que corresponden a la agrupación o comunidad de bienes.
- No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal (AEAT).
- No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
- No tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de València.
- Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de València, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de justificación.
- Que no hayan incurrido en falsas declaraciones al facilitar la información exigida para poder participar en la convocatoria.
10/02/2026 11:36 | AdmonVLC2
URL oficial/canónica: https://www.emprenemjunts.es/?op=13&n=22747

