Sanciones por publicar fotos de los clientes en redes sociales
Publicado el viernes, 04 de julio de 2025
Muchos negocios utilizan imágenes de clientes para promocionarse en redes sociales, pero esto puede acarrear problemas legales si no se cuenta con el consentimiento explícito de las personas que aparecen en las fotos o vídeos. Un caso reciente en España, en el que una boutique de novias fue sancionada por publicar sin permiso la imagen de una clienta, ilustra los riesgos legales de esta práctica. Aunque la Audiencia Nacional terminó absolviendo a la empresa, se trata de un llamado de atención sobre la importancia de proteger los datos personales.
La normativa sobre protección de datos establece que cualquier imagen en la que una persona pueda ser identificada —aunque no se vea claramente su rostro— requiere un consentimiento explícito, libre e informado. Este principio aplica incluso si la foto fue enviada por el cliente o si ya la publicó en sus propias redes sociales. No basta con asumir el permiso por el hecho de que la persona no se oponga o aparezca sonriente; el consentimiento debe ser verificable, preferiblemente por escrito. También se han dado sanciones en gimnasios, cafeterías, empresas de eventos o construcción que difundieron imágenes sin autorización.
Eliminar una publicación tras una queja no evita una posible sanción, y es responsabilidad del negocio actuar con previsión. La ley protege cualquier dato que permita identificar a una persona, y cumplirla no solo previene multas, sino que también genera confianza en los consumidores. Por eso se recomienda incluir cláusulas específicas en los contratos, solicitar autorizaciones formales y revisar cuidadosamente qué contenido puede publicarse. En definitiva, el respeto a la privacidad es clave para una comunicación ética y legalmente segura
04/07/2025 10:23 | Forlopd_Privacidad
SEGURIDAD Y PRIVACIDAD DE DATOS, S.L. (FORLOPD)
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