La AEPD informa sobre la prohibición de solicitar una copia del DNI o pasaporte en los hoteles
Publicado el jueves, 19 de junio de 2025
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha recordado que no es legal que los alojamientos turísticos soliciten una copia del DNI o pasaporte a sus huéspedes, salvo en casos excepcionales y justificados. Esta práctica, común en muchos hoteles, vulnera el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), ya que implica un tratamiento excesivo de información personal. Aunque el Real Decreto 933/2021 obliga a registrar ciertos datos de los viajeros y comunicarlos a las autoridades, no exige conservar copias de los documentos de identidad.
El decreto establece que los alojamientos deben recoger datos como nombre, número y tipo de documento, nacionalidad, fecha de nacimiento, sexo y fecha de entrada, sin necesidad de escanear o guardar una copia del DNI. La AEPD advierte que conservar la imagen del documento puede conllevar riesgos innecesarios, ya que este contiene información sensible, como la fotografía o firma, que no es requerida para cumplir con la normativa de seguridad pública. Esta práctica infringe el principio de minimización de datos del RGPD.
Existen métodos alternativos y válidos para verificar la identidad del cliente, como la comprobación visual del documento durante el check-in presencial o el uso de tecnologías seguras en procesos digitales. Los alojamientos deben garantizar la protección de los datos recogidos, informar al huésped sobre su uso y evitar el almacenamiento innecesario. Los viajeros tienen derecho a que sus datos se traten conforme a la ley y pueden negarse a entregar copias de su DNI si no se les justifica legalmente.
19/06/2025 08:26 | Forlopd_Privacidad
SEGURIDAD Y PRIVACIDAD DE DATOS, S.L. (FORLOPD)
URL oficial/canónica: https://ceeivalencia.emprenemjunts.es/?op=113&n=18343
