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B.02.02. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas

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lunes, 23 de marzo de 2026

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Memofichas B Trámites de constitución

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ÍNDICE

01. ¿Qué es el Impuesto sobre Actividades Económicas?

02. ¿Quiénes deben pagar este impuesto?

03. ¿Quiénes están exentos del pago del impuesto?

04. ¿Hay bonificaciones en el pago de este impuesto?

05. ¿Cómo funciona este impuesto?

06. ¿Cuál es la documentación necesaria para darse de alta en este impuesto?

07. ¿Dónde se presenta la declaración de alta?

08. ¿Cuál es el plazo para darse de alta?

09. ¿Cuáles son los modelos a utilizar en el caso de variaciones de datos y bajas en el IAE y el plazo para comunicarlo?

DESARROLLO

Para más detalle ver MEMOFichas H.04.01.a y H.04.01.b

01. ¿Qué es el Impuesto sobre Actividades Económicas?

El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) es un tributo directo que grava el mero ejercicio, en territorio nacional, de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en local determinado y se hallen o no especificadas en las tarifas del impuesto.

Si la actividad no viene recogida expresamente en las tarifas, deberá aplicarse aquella que más se le asemeje.

Este impuesto se regula principalmente en los artículos 78 a 91 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

A los efectos de este impuesto se consideran actividades empresariales:

  • Las ganaderas cuando tengan carácter independiente

  • Las mineras

  • Las industriales

  • Las comerciales

  • Las de servicios

No se consideran actividades empresariales, y por tanto no constituyen hecho imponible del impuesto:

  • Las actividades agrícolas

  • Las ganaderas dependientes

  • Las forestales

  • Las pesqueras

02. ¿Qué se entiende por ganadería independiente?

Tienen la consideración de actividades de ganadería independiente aquellas que tengan por objeto la explotación de un conjunto de cabezas de ganado que se encuentren comprendidas en alguno de los siguientes casos:

• Que paste o se alimente fundamentalmente en tierras que no sean explotadas agrícola o forestalmente por el dueño del ganado

• El ganado estabulado fuera de las fincas rústicas, no considerándose como tal aquel que sea alimentado fundamentalmente con productos obtenidos en explotaciones agrícolas o forestales de su dueño

• El ganado trashumante o trasterminante, no considerándose como tal el que se alimente fundamentalmente con pastos, silos, henos o piensos obtenidos en tierras explotadas por el dueño del ganado

• Aquel que se alimente fundamentalmente con piensos no producidos en la finca en que se críe

¿Quiénes deben pagar este impuesto?

Son sujetos pasivos del Impuesto sobre Actividades Económicas:

Las personas físicas, personas jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, como:

  • Herencias yacentes

  • Comunidades de bienes

  • Otras entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptible de imposición

Siempre que realicen en territorio nacional cualquiera de las actividades empresariales, profesionales o artísticas que originan el hecho imponible del impuesto.

No obstante, están exentos del impuesto:

• Las personas físicas

• Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, las sociedades civiles y las entidades del artículo 35.4 de la Ley General Tributaria que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros

• Los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes que operen en España mediante establecimiento permanente, siempre que su cifra de negocios sea inferior a 1.000.000 de euros

• El Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, así como sus organismos autónomos

• Las entidades gestoras de la Seguridad Social y mutualidades de previsión social

Revisado el 23/03/2026

53.351 visitas

23/03/2026 11:53 | publisher

URL oficial/canónica: https://www.emprenemjunts.es/?op=63&n=43

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